¿Qué impuestos se pagan por una vivienda inmobiliaria en Madrid?
Artículo escrito por: José Barragán
Comprar una casa es una gran decisión. Hay que meditarla y pensarla con serenidad. Entender las responsabilidades a las que nos conduce y, sobretodo, saber organizar y calcular los gastos que se van a asumir junto a la hipoteca.
Y es que la compra de un inmobiliario no es el único gran gasto que se va a afrontar. Los impuestos y gastos correspondientes, el notario y el proceso de tasación de la vivienda nos puede resultar cerca de un 12% (dependerá de la Comunidad autónoma) del precio de la compra, según los expertos.
La obligación de estos gastos siempre van de la mano con la compraventa. Otro de los factores que puede cambiar el resultado final de la compra es si la casa adquirida es de nueva construcción o si bien se trata de una vivienda de segunda mano.
Además, este año habría que sumarle la novedad fiscal del valor de referencia de Catastro tras la entrada en vigor del mismo desde el pasado 1 de enero.
Compraventa con la inmobiliaria en Madrid: La notaría
Los aranceles de los notarios son honorarios regulados por el Estado y que, en los casos de otorgamiento de la escritura pública oscilan entre 600 y 1000 euros dependiendo del valor del inmueble adquirido.
Todos los notarios cobran lo mismo por un trabajo equivalente desde que el gobierno fijó una normativa reguladora en 1989.
Compraventa con la inmobiliaria en Madrid: El registro de la propiedad
Se trata de un gasto relacionado con la inscripción de la compraventa ante notario en el registro de la propiedad.
Éstos también están fijados y regulados por normativa gubernamental y su valor dependerá del precio del inmobiliario.
Compraventa con la inmobiliaria en Madrid: Impuestos
Es importante contar con una planificación adecuada y ser consciente del extra que hay que pagar tras la obtención de una hipoteca.
Parte de este colchón se irá en pagar impuestos, sin embargo, como antes hemos puntualizado, la cuantía dependerá del precio de la vivienda y de su condición (si es nueva o de segunda mano).
Uno de los gastos más importantes tras la compraventa inmobiliaria en Madrid de una vivienda es el IVA.
Este año asciende hasta el 10%, mientras que en el caso de Canarias este impuesto se queda en la cifra de 6,5% y es el IGIC: Impuesto General Indirecto Canario.
Por otro lado, si la vivienda que estamos adquiriendo es de protección oficial el valor del IVA será de un 4%
Otro impuesto que hay que añadir al IVA será el de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Este impuesto lo pagará el comprador y su valor dependerá de la Comunidad Autónoma correspondiente:
- Andalucía: 1,2 %
- Aragón: 1,5 %
- Asturias: 1,2 %
- Baleares: 1,5 %
- Canarias: 0,4 %
- Cantabria: 1,5 %
- Castilla y León: 1,5 %
- Castilla-La Mancha: 1,5 %
- Cataluña: 1,5 %
- comunidad Valenciana: 1,5 %
- Extremadura: 1,5 %
- Galicia: 1,5 %
- Madrid: 0,75 %
- Murcia: 1,5 %
- Navarra: 0,5 %
- País Vasco: 0,5 %
- La Rioja: 1 %
- Ceuta: 0,5 %
- Melilla: 0,5 %
¿Y qué pasaría si compráramos una vivienda inmobiliaria en Madrid de segunda mano?
Si nos encontramos en el supuesto de adquirir una casa de segunda mano, el tipo de impuesto que nos corresponde abonar se llama Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP. Este impuesto, como los anteriores, también depende de cada autonomía. Para este gasto existen tipos reducidos según el caso, como, por ejemplo, familias numerosas, jóvenes o algún tipo de discapacidad.
Su valor está directamente relacionado con el porcentaje sobre el precio de la escritura.
- Andalucía: 7 %
- Aragón: 8 %
- Asturias: 8 %
- Baleares: 8 %
- Canarias: 6,5 %
- Cantabria: 10 %
- Castilla y León: 8 %
- Castilla-La Mancha: 9 %
- Cataluña: 10 %
- Comunidad Valenciana: 10 %
- Extremadura: 8 %
- Galicia: 9 %
- Madrid: 6 %
- Murcia: 8 %
- Navarra: 6 %
- País Vasco: 4 %
- La Rioja: 7 %
- Ceuta: 6 %
- Melilla: 6 %
Compraventa con la inmobiliaria en Madrid: Tasación de la casa
La tasación de la casa es uno de los procesos más importantes antes de solicitar una hipoteca. Esta acción pondrá en valor el inmobiliario y hará que el banco sepa qué porcentaje de financiación le puede conceder. El préstamo habitual oscila sobre el 80 % del precio de compra o del valor de la tasación.
El coste medio de la tasación se encuentra entre 250 y 600€, siempre dependiendo de la empresa que realice la tasación y el tipo de inmueble que se tase.
La vigencia de la tasación dura 6 meses desde la fecha de emisión.
Nuevo impuesto fiscal sobre la vivienda inmobiliaria en Madrid
En este caso estamos hablando del valor de referencia de Catastro. Se encarga de determinar cuántos tributos hay que pagar por la compra de una casa. Esta base imponible se encuentra operativa desde el pasado uno 1 de enero.
Este cambio venía incluido en la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude aprobada en julio de 2021, aunque puesta en marcha en 2022. Ahora el valor de mercado viene determinado por el valor de referencia de Catastro y la base imponible deja de ser el valor real.
En resumidas cuentas, los contribuyentes deben declarar los inmuebles adquiridos desde el 1 de enero, conforme el valor de referencia de Catastro, a no ser que el valor de escritura sea superior al valor de referencia.
Sin embargo, muchas veces el problema cae en el lado del contribuyente. Si éste no cree que el valor de referencia es el que se le atribuye y se corresponde con el de mercado puede recurrirlo. El método más recurrente para hacer valer su queja es aportar tasaciones de inmuebles, fotografías o un acta notarial.
Aunque, la solución más eficaz para no encontrarse con esta situación es la de tributar el valor de mercado basándose en el valor de la escritura. Y así será Hacienda quien termine de resolver si el valor escriturado se corresponde o no con el valor de mercado que ha sido declarado por el contribuyente.